¿Qué Se Considera Acoso por Parte del Propietario?
Por Paul M. Collins, Esq.
El acoso por parte del propietario es más que un comportamiento molesto o inconveniente: es un intento deliberado de intimidar, presionar o perjudicar a los inquilinos en violación de sus derechos legales. En California, los inquilinos están protegidos contra el acoso por leyes como el Código Civil de California §§ 1940.2 y 1927, que prohíben a los propietarios interferir con el derecho de los inquilinos al disfrute pacífico de su vivienda en alquiler. Pero, ¿cómo se manifiesta el acoso por parte del propietario y cómo puede un inquilino protegerse?
¿Qué Es el Acoso del Propietario?
Imaginemos la siguiente situación: Lisa ha vivido en su apartamento durante cinco años. Su renta se ha mantenido relativamente baja en comparación con los precios del mercado porque ha sido una inquilina responsable. Un día, su arrendador comienza a aparecer sin previo aviso, alegando que necesita “revisar algunas cosas”. Una semana después, Lisa nota que la presión del agua ha bajado misteriosamente, y sus llamadas para reportar el problema no reciben respuesta. Poco después, su arrendador la acusa de violar el contrato de arrendamiento por recibir visitas, algo que siempre ha hecho sin inconvenientes.
La experiencia de Lisa no es poco común y refleja algunas tácticas clásicas de acoso por parte del propietario. Estas incluyen entrar a su unidad sin previo aviso, descuidar reparaciones esenciales y hacer acusaciones infundadas para hacer su vida incómoda y presionarla para que se vaya.
Otros ejemplos de acoso por parte del propietario en California incluyen:
- Cambiar las cerraduras para impedir el acceso del inquilino.
- Cortar servicios básicos como agua, gas o electricidad.
- Amenazar con desalojar sin fundamentos legales.
- Causar ruidos o molestias excesivas intencionalmente.
- Negarse a renovar un contrato de arrendamiento como represalia contra un inquilino.
La Ley de California Sobre el Acoso del Propietario
California toma en serio el acoso por parte de los propietarios. Bajo el Código Civil de California § 1940.2, es ilegal que un propietario use amenazas, fraude o intimidación para forzar a un inquilino a abandonar la vivienda. Además, el Código Civil de California § 1954 establece que los propietarios deben proporcionar al menos 24 horas de notificación por escrito antes de ingresar a una unidad, salvo en emergencias.
Los inquilinos también están protegidos bajo el Código Civil de California § 1942.5, que prohíbe represalias. Por ejemplo, si un inquilino reporta un problema de habitabilidad como moho o calefacción defectuosa, el propietario no puede aumentar la renta ni amenazar con el desalojo como castigo por hablar.
¿Cómo Protegerse?
Si un inquilino sospecha que está siendo acosado por su arrendador, es fundamental documentar todo.
- Llevar un registro detallado de los incidentes.
- Guardar correos electrónicos y mensajes de texto como evidencia.
- Tomar fotografías de cualquier prueba física, como cortes de servicios o reparaciones descuidadas.
- Enviar avisos por escrito al arrendador sobre cualquier problema para crear un rastro documental.
- Reportar el acoso a las autoridades de vivienda locales o consultar con un abogado especializado en derechos de inquilinos.
El acoso por parte del propietario puede ser una situación difícil de enfrentar, pero las protecciones legales de California están diseñadas para garantizar que los inquilinos no enfrenten estas situaciones solos.


