Dentro de la Edición de Este Mes:

  • Editorial
  • ¿Qué pasa en TLG?
  • Video del Mes
  • Miembro Destacado del Equipo & Panel de Procesos de Abogados 1L en la Facultad de Derecho de UC Davis

Desalojo Constructivo y Lo Que Puede Hacer al Respecto

El desalojo constructivo es un término legal que se refiere al intento de un propietario de interferir con el derecho de su inquilino a disfrutar tranquilamente de la unidad de alquiler en la que vive. Cuando vivir en una unidad de alquiler se vuelve intolerable para el inquilino, ya sea por su condición deplorable o porque el propietario acosa al inquilino, el inquilino ha sufrido un “desalojo forzoso”.

Esta publicación de blog explica cómo la ley de California protege a los inquilinos del desalojo constructivo. También describimos cómo los inquilinos pueden defenderse. Se puede ordenar a los propietarios que paguen a los inquilinos todos los gastos de mudanza, además de una compensación por otros daños físicos o emocionales que sufrieron a causa del desalojo forzoso. La ley también puede prever daños punitivos para disuadir al dueño de la propiedad de repetir la conducta ilícita.

Tenant Law Group: Estamos aquí para ayudar

Tenant Law Group es el bufete de abogados más grande de California dedicado exclusivamente a representar a los inquilinos cuyos derechos son violados por las acciones negligentes, abusivas o discriminatorias de los propietarios.

Luchamos para reivindicar los derechos legales de los inquilinos, recuperar la compensación que merecen según la ley y restaurarles su dignidad personal y sentido de humanidad. Si necesita nuestra ayuda con su disputa de arrendamiento, contáctenos hoy.

El desalojo constructivo puede resultar de la acción o inacción del arrendador

El desalojo constructivo difiere de un desalojo legal porque el dueño de la propiedad está utilizando la “autoayuda” para lograr su objetivo en lugar del proceso legal formal de presentar una acción de “retención ilegal” en la corte. El desalojo constructivo puede ocurrir cuando un propietario interfiere activamente con los derechos de un inquilino o cuando el propietario ignora su responsabilidad legal de reparar o mantener la unidad de alquiler del inquilino.

Código de California, Código Civil – CIV § 1940.2 detalla las acciones que el propietario tiene legalmente prohibido usar en un intento de obligar a un inquilino a desalojar su unidad de alquiler.

Según la ley de California, un arrendador no puede tomar ninguna de las siguientes medidas:

Tomar la propiedad de un arrendatario con la intención de conservarla, o mover la propiedad y conservarla por cualquier tiempo para negarle al arrendatario su disfrute o valor; (Esto también puede ser un delito).

Obtener cualquier cosa de un inquilino usándolo indebidamente o amenazándolo con la fuerza o infundiendo miedo en el inquilino; (Esto es ilegal en cualquier momento, incluso si un inquilino no es desalojado de manera constructiva. Esto también puede ser un delito).

Usar o amenazar la fuerza o conducta amenazante en el patrón de conducta que interfiere con el disfrute pacífico de un inquilino de su unidad de alquiler o las áreas comunes;

Ingresar a la unidad de alquiler del inquilino fuera del horario comercial normal, o sin su consentimiento, a menos que haya una emergencia o que el inquilino haya entregado o abandonado la unidad de alquiler. El propietario debe proporcionar un aviso razonable al inquilino sobre su plan para ingresar a la unidad;

Amenazar con informar o revelar el estado migratorio o de ciudadanía de un inquilino, un ocupante u otra persona que el propietario sabe que está asociada con el inquilino; (Esto es ilegal incluso cuando el inquilino no es desalojado de manera constructiva).

Desalojo constructivo por negligencia del propietario

Un inquilino también puede sufrir un desalojo constructivo cuando el propietario se niega a proporcionar una unidad de alquiler que sea razonablemente habitable de acuerdo con los estándares mínimos de California. La ley estatal declara que una unidad de alquiler es legalmente “inhabitable” a menos que tenga accesorios básicos e instalaciones seguras, decentes, limpias y protegidas. Toda unidad debe reunir al menos las condiciones mínimas requeridas para que una persona viva con dignidad.

La ley de California proporciona una larga lista de artículos que son absolutamente necesarios para que una unidad de alquiler sea habitable, incluidos, entre otros, los siguientes a la derecha:

– Un edificio y terrenos limpios, sanitarios y seguros, libres de suciedad, basura, escombros, roedores y otras alimañas,

– Agua corriente fría y caliente y accesorios de plomería en buen estado de funcionamiento y conectados a un sistema de eliminación de aguas residuales,

– Instalaciones de calefacción, iluminación y electricidad en buen estado de funcionamiento,

– Contenedores de basura

– Un receptáculo de correo con cerradura para cada unidad individual,

– Un inodoro, lavabo y bañera o ducha que funcionen en una habitación debidamente ventilada, que permita la privacidad del usuario,

– Cerrar las ventanas que se abren en todas las habitaciones u otra ventilación de trabajo segura,

– Salidas seguras contra incendios o de emergencia y áreas de almacenamiento libres de materiales combustibles,

– Cerraduras operables con cerrojo en las puertas de entrada principales de las unidades de alquiler,

Cuando una unidad de alquiler carece de una o más de estas características, el inquilino debe notificar al propietario de inmediato. Si el arrendador no soluciona el problema o se niega a hacerlo dentro de un tiempo razonable, la ley de California le da derecho al arrendatario a tomar las siguientes medidas:

– Retener el alquiler por situaciones que impliquen más que reparaciones menores,

– Hacer ellos mismos reparaciones menores y deducir el costo de los pagos de alquiler,

– Abandonar el inquilinato antes del vencimiento del contrato de arrendamiento, (desalojo forzoso),

Demandar al arrendador:

– para obligarlos a corregir los problemas mientras continúan viviendo en la unidad,

– para recuperar los costos de encontrar y mudarse a otra residencia,

– ser indemnizado por los daños causados por las acciones o inacciones ilegales del arrendador.

Siempre comuníquese con un abogado con experiencia en derechos de los inquilinos antes de tomar cualquier acción usted mismo. Comuníquese con nosotros en Tenant’s Law Group para conocer sus derechos como inquilino en California. Permítanos ayudarlo a obtener la justicia que se merece.

Los inquilinos pueden recuperar dinero por daños/compensación de su arrendador

Bajo California CIV § 1940.2, una corte puede otorgar a un inquilino hasta $2,000 por cada vez que el propietario viole este estatuto. Además de la sanción civil, la ley de California establece que se puede ordenar al arrendador que pague los gastos en que haya incurrido el inquilino al tener que mudarse, más el valor de la tenencia perdida. El tribunal también puede otorgar a los inquilinos miles de dólares para compensarlos por los daños físicos o emocionales que sufrieron debido a la conducta ilegal del propietario.

Ley del Mes

San Francisco Administrative Code, Chapter 49.2 – Interes en Depositos

Requiere que los propietarios paguen intereses anualmente sobre los depósitos mantenidos durante un año, independientemente de cómo se llame el depósito. Los pagos de intereses se aplican a todas las unidades residenciales de alquiler en San Francisco, incluidas aquellas exentas de la Ordenanza de Renta, con una excepción: cuando una agencia gubernamental ayuda o subsidia el alquiler de la unidad, no se aplica el requisito de pago de intereses.

La tasa de interés adeudada sobre los depósitos para el período del 1 de marzo de 2023 al 29 de febrero de 2024 es del 2,3 %. La tasa de interés adeudada sobre los depósitos para el período del 1 de marzo de 2022 al 28 de febrero , 2023 es 0.1%. La Junta de Control de Rentas publica anualmente la nueva tasa a principios de enero para el período de un año que comienza el 1 de marzo.

¿¡Qué Está Pasando!?

¡Saludos! Esperamos que esta correspondencia lo encuentre en buen estado de salud. Tenant Law Group experimentó un mes de febrero bullicioso y emocionante.

Para empezar, nuestra iniciativa “Ley del Mes” persistió con un enfoque específico en el Interés sobre los depósitos de seguridad en 2023. Nuestro equipo diligente se esfuerza por impartir conceptos legales críticos a nuestros clientes, aclarando cómo pueden afectar sus derechos y obligaciones.

Además, nos complace anunciar que Cheryl A. Sanders se ha unido a nuestro equipo. como Paralegal sénior, a partir de febrero de 2022.

Ella es responsable de redactar documentos de litigio; interactuar con los testigos expertos de Tenant Law Group; coordinar con Medicare, Medi-Cal y otros acreedores; y, en general, brindar apoyo paraprofesional al abogado Paul M. Collins, Esq.

Además, nuestra oferta de “Video del mes” profundizó en el tema “¿Cómo sé si mi ciudad tiene control de alquileres?” Creemos firmemente en difundir información útil para nuestros clientes en un formato comprensible, y nuestra serie de videos ejemplifica este compromiso.

Finalmente, Tenant Law Group fue reconocida como una de las empresas privadas de más rápido crecimiento en los Estados Unidos, clasificada #3,448 en la lista de 2022 de Inc. 5000. Además, en 2022 (#78, 151 %) Tenant Law Group fue reconocido por cuarto año consecutivo por Law Firm 500 como uno de los bufetes de abogados de más rápido crecimiento en los Estados Unidos, siguiendo las clasificaciones en 2019 (#22, 193%), 2020 (#12, 448.7%), 2021 (#40, 187%). Finalmente, por segundo año consecutivo, Tenant Law Group fue reconocido como un Gran Lugar de Trabajo.

En Tenant Law Group, nos mantenemos atentos en el seguimiento de los desarrollos en las leyes de alquiler a nivel local y estatal. Continuaremos compartiendo información pertinente con nuestros lectores a través de nuestro sitio web y en redes sociales.

Video del Mes

¿Cómo sé si mi ciudad tiene control de alquileres?

Mire el video de este mes y obtenga más información sobre sus derechos como inquilino residencial en California.

Miembro Destacado del Equipo

Justin se unió a Tenant Law Group en enero de 2023. Actualmente dedica el cien por ciento de su práctica a ayudar a los inquilinos a recuperar daños monetarios luego de un comportamiento atroz del propietario y negociar acuerdos o llevar los asuntos a arbitraje, mediación y juicio si es necesario.

Justin obtuvo una Licenciatura en Artes en Música de la Universidad de Notre Dame de Namur y su Doctorado en Jurisprudencia de la Facultad de Derecho de la Universidad de Santa Clara.

Un abogado versátil y adaptable con once años de experiencia que abarca servicios legales rurales, leyes de vivienda, administración de propiedades y asuntos comunitarios, Justin está bien versado en leyes de construcción y vivienda en constante evolución a nivel local, estatal y federal. Antes de su carrera legal, Justin trabajó como Gerente de propiedades en Nicholas A. Stevens Property Management, como Gerente de operaciones del sitio, Medtronic Inc. en SBM Site Services y Gerente senior de la comunidad en Sares Regis Group Inc. Después de obtener su licencia de abogado, Justin Trabajó como abogado litigante en Pahl & McCay, donde asesoró a más de veinticinco clientes sobre administración de propiedades, problemas entre propietarios e inquilinos, contratos de venta, inversiones inmobiliarias y otros asuntos legales. Más tarde abrió su propio bufete de abogados, Housing Law Advocates, donde se especializó en derecho residencial de propietarios e inquilinos, asesorando a los inquilinos de California en asuntos legales y estratégicos. Más tarde trabajó como abogado director en California Rural Legal Assistance Inc., donde dirigió operaciones legales para una oficina de abogados pro bono, sirviendo a comunidades vulnerables en áreas rurales de California; asesoró y supervisó a abogados junior y personal de apoyo; y brindó asesoramiento legal y orientación sobre la ley de propietarios e inquilinos, la ley de discapacidad/seguridad social, la ley laboral y la Ley de vivienda justa.

Fuera del trabajo, a Justin le gusta el hockey sobre hielo, el ajedrez, la lectura, la música clásica y pasar tiempo con la familia.

Panel de Procesos de Abogados 1L en la Facultad de Derecho de UC Davis