Protecciones Para Los Inquilinos de California Del 2024: Un Salto Hacia Los Desalojos Justos y El Control De Renta

California lidera a la nación en muchos tipos de protecciones para los miembros más vulnerables de la sociedad. A veces, esas protecciones se describen mejor como un trabajo en progreso. Esto fue ciertamente cierto en el caso de la AB1482, comúnmente conocida como la Ley de Protección de Inquilinos de 2019. Sin embargo, a finales de septiembre, con la firma de la SB567, las leyes promulgadas por la LPI han pasado de ser una base firme a una estructura sólida que debería proporcionar un refugio más seguro a los inquilinos de California. Esta publicación analiza dos formas en las que esta revisión de la ley ayuda a los inquilinos: estableciendo requisitos claros para los desalojos por causa justa sin culpa y creando sanciones por violar los límites de aumento de alquiler y los requisitos de causa justa. 

Solo porque no “solo porque sí” 

Cuando la LPI entró en vigor el 1 de enero de 2020, rápidamente se puso de manifiesto una gran debilidad. Si quisieran eliminar las protecciones de la nueva ley, los propietarios podrían simplemente pagar un alquiler controlado al inquilino un solo mes de alquiler y proporcionarles un aviso informándoles que su unidad iba a recibir una remodelación, que iba a ser retirada del mercado de alquiler o que el propietario o un miembro de la familia la utilizaría como residencia principal. Estas reclamaciones no tenían que ser fundamentadas de ninguna manera y no había ningún criterio para decidir si el arrendador había cumplido o no los requisitos de la ley. Si el arrendador desalojó a alguien porque dijo que se mudaría pero no lo había hecho en seis meses, ¿eso significaba que había infringido la ley? ¿Eran suficientes los planes para destripar un apartamento hasta los postes que solo existían en la cabeza del propietario para justificar un aviso de desalojo a pesar de que no tenían planos, permisos o dinero para hacer el trabajo? Los inquilinos quedaron en la incertidumbre. La legislatura ha intervenido ahora para abordar esta ambigüedad. 

Ahora, para reclamar adecuadamente que han cumplido con su obligación bajo la ley, un propietario o un miembro de su familia que reclama § 1946.2 (b) (2) (A) (I) debe mudarse dentro de los tres meses posteriores a la desocupación del inquilino y vivir en la unidad reclamada durante al menos doce meses continuos como su residencia principal. Del mismo modo, un arrendador que planea desalojar a un inquilino para completar remodelaciones bajo § 1946.2 (b) (2) (D) (I) ahora debe proporcionar documentación que demuestre que el trabajo está a punto de comenzar, como contratos o permisos firmados, y un aviso de que si la remodelación no se completa, el inquilino puede regresar al alquiler original. Si bien este escenario aún puede crear situaciones en las que un propietario puede usar su negligencia para justificar la expulsión del inquilino de su hogar, ya no se puede hacer solo a través de su reclamo de que tiene la intención de reparar una vivienda verdaderamente inhabitable. 

Un remedio digno del derecho 

Tal como se redactó originalmente, las Secciones 1946.2 y 1947.12 del Código Civil creaban muchas restricciones que los propietarios tenían que seguir, pero no había castigos específicos si no las seguían. A menudo se ha dicho que un derecho sin recurso no es un derecho en lo absoluto. Esto podría significar que un inquilino que descubriera que se le estaba cobrando de más por el alquiler o que se había visto obligado a mudarse sin causa justificada y demandó a su arrendador podría descubrir que después de los honorarios legales y los costos judiciales, podría terminar con prácticamente cero compensación por su problema. Ahora, sin embargo, se le puede ordenar a un arrendador que pague los honorarios y costos de un inquilino, así como hasta tres veces sus gastos reales como resultado de la violación de los estatutos por parte del arrendador así como un castigo, si se juzga que ha actuado deliberadamente o con fraude, malicia u opresión. 

Conclusión 

Las nuevas versiones de las protecciones para inquilinos de California se convertirán en ley el 1 de abril de 2024. Si tiene preguntas sobre cómo podrían afectar sus derechos, comuníquese con un abogado de derechos de inquilinos como los de Tenant Law Group hoy.