Dentro de la Edición de este Mes
- Introducción / Ley del Mes
- Video del Mes
- Noticias de la Firma
- Qué Es Exactamente El Acoso Al Inquilino?
- Miembro Destacado Del Equipo
- Socio de Referencia Destacado
¡Esperamos que estés disfrutando del verano! En este boletín, nuestro abogado asesor principal Aser G. Tolentino, Esq. aborda una pregunta que escuchamos a menudo: ¿cuál es la definición legal de acoso al inquilino? Una vez más, Aser pone de relieve un tema fascinante, asegurando que nuestros lectores estén bien informados y empoderados. Tenant Law Group se complace en anunciar una reducción en el costo de las consultas de abogados como parte de nuestro compromiso de hacer que los servicios legales profesionales sean asequibles para los inquilinos en todo el estado. Desplácese hacia abajo para obtener más información. También estamos orgullosos de compartir otras noticias sobre nuestra firma. Con el objetivo de continuar escalando la firma para poder servir a los más de diecisiete millones de inquilinos en California, nuestro Fundador y CEO se reunió recientemente con un equipo de asesores de confianza (“Board of Influencers”) para discutir el plan estratégico a largo plazo de la firma, se unió al Capítulo de San Francisco de la Organización de Empresarios y recientemente se inscribió en un curso llamado Scaling Up Your Law Firm, un programa que adapta el proceso de Scaling Up a los bufetes de abogados. Finalmente, nuestro equipo con sede en California se reunió recientemente en Oracle Park para ver a los Gigantes de San Francisco derrotar a los Medias Rojas de Boston en extra innings.
Esperamos que disfrute de este boletín y gracias por su apoyo inquebrantable.

Código Civil de California § 1942.
Cuando un propietario de California no aborda las “dilapidaciones que hacen que las instalaciones no sean inquilinos” dentro de un tiempo razonable después de haber sido notificado por un inquilino.
un inquilino puede pagar las reparaciones si los costos “no exceden el alquiler de un mes” y deducirlo de su alquiler u optar por desalojar las instalaciones sin tener ninguna obligación adicional de pagar el alquiler. Este derecho, a veces denominado coloquialmente como “Reparar y deducir”, se puede ejercer dos veces al año. Si las reparaciones no se han realizado después de treinta “días” de aviso, “la ley asume que la acción del inquilino para reparar y deducir es razonable. Sin embargo, estos derechos son nulos si el inquilino causó el problema. Debido a que algunos propietarios sin escrúpulos pueden usar el ejercicio adecuado de un inquilino de su derecho a “reparar y deducir” como excusa para emitir un aviso de “Pagar alquiler o renunciar”, que es el primer paso en los procedimientos de desalojo, alentamos a los inquilinos a tener cuidado al decidir si ejercer su derecho a “reparar y deducir”.

Evite Cargos Inesperados en su Depósito de Seguridad
Evite deducciones inesperadas de su depósito de seguridad ejerciendo sus derechos. Este video proporciona información importante sobre cómo documentar las condiciones de su unidad de alquiler y preguntas sobre la actividad de plagas, y cómo solicitar una inspección de mudanza.


Precios Más Bajos Para Consultas de Abogados
Nos complace anunciar que el mes pasado redujimos los costos de todas las consultas de abogados de la siguiente manera: el costo de una Consulta Plata (30 minutos) ahora es de $ 99.00 (anteriormente $ 145.00), el costo de una Consulta Oro (60 minutos) ahora es de $ 179.00 (anteriormente $ 235.00), y el costo de una Consulta Platino (90 minutos) ahora es de $ 249.00 (anteriormente $ 325.00). Bajamos estos precios con el objetivo de hacer que estos servicios sean más accesibles y asequibles para un mayor número de inquilinos de California que necesitan hablar con un abogado.
Haga clic aquí para obtener más información.
Junta de Influencers, Organización de Emprendedores y Scaling Up
Nuestro fundador y CEO Eric L. Toscano tuvo un mes ocupado planeando el crecimiento continuo de Tenant Law Group con el propósito de servir a los más de diecisiete millones de inquilinos en California.
El viernes 21 de julio, Eric organizó la primera reunión de su “Junta de Influencers”. Un asesor de confianza que tuvo éxito en escalar su propia empresa alentó a Eric a crear este grupo de profesionales que se unirían a él durante noventa minutos cada tres meses para ofrecer asesoramiento y asesoramiento sobre la dirección de la empresa y los próximos pasos. La reunión de la Junta del 21 de julio fue un éxito, y los comentarios que los miembros de la Junta ofrecieron ayudaron a guiar la dirección de la empresa durante el próximo trimestre.
El 1 de agosto, Eric se unió al Capítulo de San Francisco de la Organización de Empresarios (OE), una red global de igual a igual de más de 18,000 propietarios de negocios con 220 capítulos en 75+ países. Fundada en 1987, OE permite a los empresarios aprender y crecer, lo que lleva a un mayor éxito en los negocios y más allá. Eric es uno de los 85 miembros del Capítulo de San Francisco y espera con ansias su primer año como miembro de EO.
Eric también se inscribió recientemente en un programa llamado Scaling Up Your Law Firm. Con más de 40 años de resultados empresariales comprobados, la plataforma de rendimiento Scaling Up hace crecer a empresas y líderes de todo el mundo a medida que se convierten en negocios que dominan la industria. La plataforma ofrece coaching, aprendizaje, software y cumbres. El programa Scaling Up Your Law Firm aplica la metodología Scaling Up a los bufetes de abogados
Tenant Law Group en el Oracle Park!
¡El 30 de julio, el equipo de Tenant Law Group conectó un jonrón en la unión del equipo al cambiar la sala del tribunal por un diamante de béisbol para ver a los Gigantes de San Francisco enfrentarse a los Medias Rojas de Boston! Esta salida llena de diversión refleja nuestra próspera cultura, mostrando que somos algo más que un servicio legal de primer nivel. También disfrutamos compartiendo risas, camaradería y momentos inolvidables. Los Gigantes dieron un gran espectáculo, entrando en extra innings, y ganando el juego en la parte inferior de la undécima entrada por un marcador de 4-3. ¡Aquí está para los Gigantes, y para el inmejorable espíritu de equipo en Tenant Law Group!






by Aser Tolentino Esq.
Si bien las personas pueden pasar por arrendamientos de años enteros sin tener una sola interacción desagradable con su arrendador o administrador de propiedades, algunos deben, desafortunadamente, lidiar con el acoso que es extremo, continuo o ambos. Este comportamiento puede estar motivado por una serie de razones y puede tomar muchas formas. A veces puede ser tan difícil de tratar que el inquilino no tiene más remedio que considerar acciones legales. El artículo principal del boletín de este mes cubre las protecciones de algunas leyes estatales y locales que prohíben el acoso de inquilinos, algunos ejemplos de cómo podría ser el acoso de inquilinos y posibles formas de responder al acoso.
Definición de acoso al inquilino:
Según el diccionario de inglés de Oxford, la definición de “acoso” es “presión agresiva o intimidación”. Eso no significa que cualquier cosa que un propietario haga para presionar o intimidar a un inquilino pueda considerarse acoso del inquilino en un sentido legal. En general, en el contexto de la ley de propietario-inquilino, el acoso ocurre cuando un propietario se involucra en una o más actividades prohibidas que en última instancia pueden causar que un inquilino abandone una unidad de alquiler en contra de su voluntad y sin causa justa.
El acoso del inquilino tiene diferentes definiciones dependiendo de qué ley se aplica al arrendamiento. La ley estatal, sección 1940.2 del Código Civil, enumera actos específicos que, cuando son cometidos por un propietario para influir en un inquilino para que desaloje una vivienda, se castigan con sanciones civiles. Estos actos incluyen robar propiedad personal, participar en extorsiones, usar la fuerza o amenazar con usar la fuerza o comportamiento amenazante que crea temor de daño y perturba el disfrute tranquilo de la propiedad por parte de un inquilino, abusar del derecho del propietario a ingresar a la propiedad y amenazar con denunciar al inquilino o a alguien asociado con ellos a las autoridades de inmigración”. Es importante destacar que, en palabras del estatuto estatal, “Esta sección no amplía ni disminuye el derecho del propietario a rescindir un arrendamiento de conformidad con la ley estatal o local existente; Esta sección tampoco amplía o disminuye la capacidad del gobierno local para regular o hacer cumplir una prohibición contra el acoso de un propietario a un inquilino”. Vale la pena señalar que el acoso relacionado con las adaptaciones de vivienda basadas en la clase protegida se considera discriminación prohibida por la Ley de Empleo y Vivienda Justa (consulte la sección 12927 (c) (1) del Código de Gobierno) y el acoso sexual por parte de una persona en una posición de poder, como un propietario o administrador de propiedades, viola la sección 51.9 del Código Civil.
Muchas ordenanzas locales han ampliado las protecciones de los inquilinos más allá de las establecidas por la ley estatal, a menudo haciendo ilegal que los propietarios rechacen los pagos de alquiler, no realicen el mantenimiento o lo completen cuando se inició, interfieran con la privacidad de un inquilino o hagan ofertas de compra dentro de los seis meses posteriores a que un inquilino rechace una oferta de compra anterior. La siguiente tabla compara las ordenanzas de acoso de inquilinos de algunas de las ciudades más grandes del estado.
Consulta los enlaces de cada ciudad: San Francisco, Los Ángeles, Oakland.

Acoso de inquilinos en la práctica:
Ejemplo 1:
Luke le pide a su administrador de la propiedad que reemplace el marco de una ventana que está agrietado y deformado. El administrador de la propiedad visita el apartamento sin previo aviso y toma una foto de Luke vistiéndose desde el patio trasero a través de la ventana, luego hace comentarios sobre su apariencia. Esto podría considerarse un abuso de los derechos del propietario bajo el Código Civil 1940.2, acoso sexual bajo el Código Civil § 51.9, y una invasión de la privacidad bajo las ordenanzas locales de alquiler, que también castigan independientemente la discriminación basada en una clase protegida.
Ejemplo 2:
En respuesta a la recolección de firmas de Leia en una petición para reducir el alquiler hasta la finalización de las renovaciones ruidosas, su administrador de la propiedad le informa que debe verificar la identidad de todos los que viven en su apartamento, incluidos sus números de seguro social o la denunciarán a ella y a su familia a las autoridades de inmigración. Esto sería acoso de inquilinos bajo la ley local y estatal y también sería una conducta discriminatoria.
Ejemplo 3:
Joan y Sarah viven en un apartamento de dos habitaciones. Su complejo fue construido en 1993 y pagan $ 2,000.00 por mes en alquiler. Su arrendador piensa que pagan muy poco en alquiler y comienza a retrasar la respuesta a sus solicitudes de mantenimiento. Después de esperar dos meses para que envíe a un plomero, hacen un seguimiento y él dice que no puede encontrar uno para hacer el trabajo por lo que cree que valía su arrendamiento. ¿Es esto acoso al inquilino? Depende. En San Francisco, esto violaría la Sección 37.10B del Código Administrativo de San Francisco. A solo unas cuadras en el sur de San Francisco, una ciudad diferente que se encuentra incidentalmente en el vecino condado de San Mateo, solo se aplica la sección 1940.2 del Código Civil de California y, si bien esto violaría otros derechos de los inquilinos como la garantía de habitabilidad, no sería acoso de inquilinos bajo la sección 1940.2.
Los incidentes relacionados con el acoso de los inquilinos deben documentarse por escrito, al igual que las condiciones inhabitables, que se cubrieron en un artículo anterior. Solicitar que este comportamiento se detenga o, si otra parte está a cargo de la persona responsable del acoso, que se investigue y corrija la situación puede remediar la situación o crear un registro de que el inquilino esperaba una acción del propietario o administrador de la propiedad.
Si ha sido víctima de acoso de inquilinos, considere ponerse en contacto con un abogado de derechos de inquilinos de inmediato. A diferencia de las reclamaciones por lesiones contractuales o personales, los estatutos de limitaciones para el acoso de inquilinos pueden ser tan cortos como un año, por lo que los propietarios deben rendir cuentas rápidamente para enfrentar todas las consecuencias de su mal comportamiento.



Socio de Referencia Destacado:
En la edición de los socios de referencia destacados de este mes, orgullosamente presentamos a Law Offices of Anna R. Yum, una práctica de derecho de defensa penal fundada y dirigida por la abogada Anna R. Yum, Esq. Con antecedentes como exfiscal, Anna aporta una riqueza de conocimientos y experiencia a los casos de sus clientes. Ha manejado con éxito una amplia gama de cargos penales en San Diego, desde delitos graves y violentos hasta delitos de menor nivel. Su amplia experiencia incluye casos de agresión sexual, violencia doméstica, asesinato, robo, narcóticos, DUI y mucho más.
Las Oficinas Legales de Anna R. Yum entienden que la representación legal debe ser accesible para todos, por lo que ofrecen tarifas asequibles y planes de pago flexibles. Están comprometidos a brindar servicios legales excepcionales mientras abordan las preocupaciones financieras de sus clientes.
Enfrentar cargos criminales o de DUI puede ser una experiencia desalentadora; si usted o alguien que conoce necesita un defensor feroz que brinde una representación legal de primer nivel, le recomendamos que se comunique con las Oficinas Legales de Anna R. Yum. Puede comunicarse con ellos al (619) 233-4433 o completando el formulario de contacto disponible aquí.

Jennifer se unió a Tenant Law Group en abril de 2023 como abogada asesora. Una defensora altamente calificada en los tribunales que ha comparecido ante los tribunales cientos de veces, su práctica en Tenant Law Group actualmente se enfoca en asesorar a los clientes en asuntos de propietarios e inquilinos, asesorarlos sobre sus derechos y recomendar un curso de acción para ayudarlos a lograr el resultado deseado.
Jennifer obtuvo un certificado de asistente legal con honores de la Universidad Estatal de California Chico, un título de asociado en artes con altos honores en estudios universitarios de College of the Redwoods y una licenciatura en artes cum laude con honores en Ciencias Sociales con especialización en Ciencias Políticas de la Universidad Estatal de California en Chico, y un Doctorado en Jurisprudencia de la Facultad de Derecho de Taft. Tiene licencia para ejercer la abogacía en California desde 2014.
Una servidora pública dedicada, desde 2014, Jennifer ha trabajado como Consejera de Dependencia Juvenil como subcontratista para el Estado de California. Trabajó como subcontratista para el estado de California como abogada de menores de derecho familiar desde 2014 y como defensora pública de conflictos de 2014 a 2017. Tiene experiencia como abogada principal para una firma de dependencia juvenil sin fines de lucro.
También tiene experiencia como subcontratista para empresas privadas como consejera de educación especial y consejera cruzada de derecho familiar/dependencia. En estos roles, ha representado a clientes en asuntos de dependencia juvenil, familia, criminal, educación especial y sucesiones. Estas funciones se centraron principalmente en litigios, donde adquirió experiencia en negociaciones, redacción legal y apelaciones. Tiene dos apelaciones publicadas, ambas revocadas a favor de sus clientes.
Además de su práctica legal, Jennifer trabaja como profesora de derecho en su alma mater, Taft Law School, enseñando procedimientos civiles y evidencia a estudiantes de derecho de segundo y tercer año.
Fuera del trabajo, a Jennifer le gusta pasar tiempo con la familia, viajar, cocinar y las artes escénicas.
Además de inglés, Jennifer habla algo de francés.

Gracias por su continuo apoyo a Tenant Law Group. Si usted o alguien que conoce ha sido desalojado ilegalmente; vejatorio; obligados a soportar condiciones de vida inhabitables; sufrió discriminación o acoso en la vivienda por motivos de raza, color, religión, sexo, género, identidad de género, expresión de género, edad, orientación sexual, estado civil, origen nacional, ascendencia, estado familiar, fuente de ingresos, discapacidad, información genética, condición médica, ciudadanía, idioma principal y / o estado migratorio; o de otra manera ha sido perjudicado por las acciones ilegales de un propietario, llame al (415) 801-8878 o siga este enlace para comenzar.